Divorcios
Bogotá, Colombia
Especialista en divorcios
Rocío Ardila es especialista de amplia experiencia en el área de Divorcios. Sus clientes valoran la rapidez y eficiencia con las que soluciona los trabajos que le son encomendados.
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Al contratar nuestro servicio usted puede consultar en tiempo real en qué etapa esta su proceso y se le brindara asesoría constante sobre sus demandas de acuerdo a sus necesidades.
¿Qué es un divorcio?
El divorcio es el rompimiento del vínculo matrimonial, mediante el cual se interrumpe del contrato de matrimonio, en consecuencia ambas partes deberán negociar las responsabilidades que les corresponde para continuar con sus vidas de forma independiente.
Areas de práctica
- Litigios sobre divorcio de matrimonio civil
- Cesación de efectos civiles de matrimonio católico
- Solicitud de medidas previas
- Nulidad de matrimonio
- Solicitud de separación de cuerpos, por infidelidad, violencia intrafamiliar, embriaguez, enfermedad incurable y confirmación de sentencia de divorcio en el extranjero.
- Demandas de Divorcio
- Exequatur
- Liquidación De Bienes
- Declaración de Unión Libre
- Capitulaciones Matrimoniales
- Inventario Solemne De Bienes
- Levantar Patrimonio De Familia
- Permiso Salida Del País
- Elaboración de acuerdos conciliados sobre liquidación de bienes adquiridos durante el matrimonio o la unión de hecho
- Custodias
- Alimentos y visitas de hijos
Causales de divorcios
El divorcio en Colombia es de dos formas: de común acuerdo o contencioso.
Son causales de divorcio:
1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.